Pecia

INICIAL-Una forma curiosa de producción del libro medieval fue la pecia. Esta consiste en un cuaderno de un exemplar aprobado por la universidad y que, depositado en la tienda de un stationarius, se alquilaba a escribas profesionales o estudiantes que deseaban hacer una copia del texto.

Para Pollard (1978: 152-153)  el proceso consta de cinco pasos. En primer lugar, un profesor de la universidad (por ejemplo Tomás de Aquino o Alberto Magno) obtiene su copia original de una obra, el autógrafo. A continuación se realizaba el apógrafo, una copia supervisada por el autor aunque no necesariamente realizada por él. En el tercer paso, del apógrafo se crea la copia del estacionario, el exemplar o copia oficial sancionada por la universidad. En cuarto lugar, de ese exemplar se confeccionaba un conjunto de peciae sin encuadernar que el estacionario alquilaba a los estudiantes, lo que constituye el quinto paso del proceso. En este último, los estudiantes o bien hacían ellos mismos la copia, o bien se la encargaban a un copista profesional, o bien tan solo compulsaban su propia copia con la oficial. Una vez finalizada la copia o la revisión, la devolvían al estacionario. Estos ejemplares son los que se conocen como copias de pecia.

Los manuscritos copiados por medio del sistema de la pecia suelen presentar una serie de rasgos que los individualizan frente al resto de los códices. Por lo general el pergamino es de peor calidad, más burdo, pero a la vez más robusto; la letra clara, rastros de varios copistas (numerosas probationes pennarum); aparición, ocasional, de marcas de corrección –cor. (correctus)– para dar fe de que es una enmienda válida, marcas de dónde finaliza o comienza un cuaderno. Las copias originadas a partir de originales de los estacionarios tienen una marca, en los márgenes, con la que se informa del lugar exacto en dónde finaliza un cuaderno (pecia).

Comentario a los Decretales de Gregorio IX. Folio vendido por Sotheby'sEn el margen derecho, en letra muy fina: Fihis iii peciae

Comentario a los Decretales de Gregorio IX.
Folio vendido por Sotheby’s
En el margen derecho, en letra muy fina: Finis iii peciae

Las Siete Partidas de Alfonso X regularon el cargo de estacionario y las condiciones en que se había de encontrar cada copia:

Estacionarios ha meester que haya en cada estudio general para seer complido, et que tenga en sus estaciones libros buenos, et legibles et verdaderos de texto et de glosa que los loguen los escolares para exemplarios, para facer por ellos libros de nuevo o para emendar los que tovieren escriptos: et tal tienda o estacion como esta non la debe ninguno tener sin otorgamiento del rector del estudio; et el rector ante que le de licencia para esto debe facer examinar primeramente los libros daquel que quier tener la estación para saber si son buenos, et legibles et verdaderos: et al que fallase que non tenie atales libros non le debe consentir que sea estacionario nin los logue a los escolares, a menos de non seer bien emendados primeramente. Otrosi debe apreciar el rector con consejo de los del estudio quanto debe rescibir el estacionario por cada quaderno que prestare a los escolares para escrebir o para emendar sus libros: et debe otrosi rescibir buenos fiadores del que guardara bien et lealmente todos los libros que a el fueren dados para vender, et que non fara engaño. (II, xxxi, 11)

Mucho antes de que el rey Sabio dictara su código legal, él mismo habla del cargo y de la paga que ha de tener en la Carta Magna que concedió en Toledo a la Universidad de Salamanca el 8 de mayo de 1254:

Otrosí mando e tengo por bien que ayan un estaçionario, e yo que le dé çient maravedís cada año, e él que tenga t[o]dos los exenprarios buenos e correchos.

Sin embargo, según algunos investigadores, en Castilla y Aragón esto no pasó de la letra pues lo único que se trataba era de imponer un uso ultrapirenaico (Ruiz 1988: 287-288). Para esta afirmación se basan en que no se ha encontrado ningún exemplar de origen hispánico, es decir, realizado en la Península Ibérica. Más recientemente lo confirma Iglesias (2009: 37) cuando dice que «pese a lo que parece sugerir la documentación institucional, no hay códices universitarios elaborados en la Península a través del sistema de la pecia», aunque hay numerosos indicios indirectos que dicen todo lo contrario: qué sí se empleó el sistema de la pecia en el mundo hispánico (Iglesias 2009: 41).

En las bibliotecas españolas se han localizado algunos ejemplos de manuscritos copiados por medio del sistema de pecia y otros en los que es claro que se copió a partir de un ejemplar que recuerda las pecias de las que se copiaron. Es el caso del cod. 65 de la Real Academia de la Historia, que contiene una copia, realizada en 1320, del Speculum iudiciale de Guillelmus Durandus (1230-1296), y según el catálogo «quedan señales de la numeración de las peciae».

Leonard E. Boyle (1988) propuso que se designara pecia a los cuadernos del exemplar a partir del cual se hacen las copias, estas serían las apopecias, es decir, los manuscritos copiados a partir de las peciae y la epipecia sería el modelo sobre el que se establecieron las peciae.



Citar este post
José Manuel Fradejas Rueda (2014, 6 junio). Pecia. Crítica textual para Dummies. Recuperado 28 de marzo de 2024, de https://doi.org/10.58079/nzqf

Un comentario en «Pecia»

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